Sábado 21 de Diciembre 2024 San Luis Potosi, Hora Local 20:38,

LXIV LEGISLATURA


H. CONGRESO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ

Menú principal

Propuesta para establecer multa electrónica de tránsito

Ante los recientes hechos de tránsito en que los conductores de vehículos han ocasionado fuertes accidentes que incluso han costado vidas por no respetar los límites de velocidad permitidos, es importante que se prevea en la Ley de Tránsito del Estado lo relativo a los dispositivos electrónicos de verificación como son cámara de multa electrónica y radar.

Por ello, el legislador José Luis Romero Calzada presentó en sesión ordinaria una iniciativa de reforma a diversos artículos de la Ley de Tránsito del Estado de San Luis Potosí,  para incorporar la conocida multa electrónica e identificar las infracciones y sancionar a los conductores de los vehículos que violen la velocidad máxima permitida, donde no exista físicamente la presencia de un elemento o agente de tránsito municipal, por las características de dichas vialidades.

Señala que las sanciones a través de estos dispositivos electrónicos tienen la intención de incidir de manera contundente y directa en la prevención de accidentes en las arterias en que se coloquen las cámaras respectivas, en virtud de que las mismas concientizarán a la población, y de manera indirecta, también incidirá en la recaudación de los derechos que provengan de dicho concepto a favor de la Hacienda Municipal. 

Precisa en su iniciativa, que aunque estos fueron los objetivos del uso de estos aparatos por la anterior administración municipal capitalina, omitió el establecer claramente el soporte jurídico para la validación de esta política pública, por lo cual, lo que ahora se propone es establecer claramente el marco jurídico aplicable para coadyuvar en los mecanismos para el buen gobierno municipal, a fin de que prevalezca el estado de derecho en el uso de tecnologías y dispositivos electrónicos.

La iniciativa establece que en el caso de que la infracción sea generada por alguno de los dispositivos electrónicos de verificación, “cámara de multa electrónica”, la boleta deberá contener la fotografía del vehículo, de sus placas, y de la vialidad en que se haya incurrido en infracción, a fin de que conste la veracidad de los hechos captados.

Esta iniciativa fue turnada para su análisis a las comisiones de Comunicaciones y Transportes; y, Seguridad Pública, Prevención y Reinserción Social.