Martes 24 de Diciembre 2024 San Luis Potosi, Hora Local 11:18,

LXIV LEGISLATURA


H. CONGRESO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ

Menú principal

Se plantea reforma a Ley de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes

El diputado J. Guadalupe Torres Sánchez presentó una iniciativa de reforma a la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de San Luis Potosí, con la finalidad de actualizar y revestir de legalidad y congruencia algunos artículos que ya no son aplicables ni se adecuan a la normatividad federal.

Además, de derogar los artículos que han dejado de ser vigente por la normatividad federal aprobada.

En la exposición de motivos de la iniciativa presentada, se señala que la función de legislar conlleva la obligación de analizar las hipótesis contenidas en los ordenamientos, a los hechos que se verifican en la actualidad.

Así, es necesario observar cuáles y por qué se habrán de establecer supuestos en la norma, por ello, ésta es perfectible, y se adecúa a los momentos en los que la sociedad transita.

Cabe mencionar que también es necesario que a la aplicación de la ley, se observan disposiciones que dejan de tener vigencia, y que por ello es preciso su derogación o abrogación.

Particularmente la Ley de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado, contiene disposiciones que se requiere actualizar, como es el caso de los numerales 138 y 139; o las que en definitiva dejan de ser aplicables porque su regulación es materia de un ordenamiento diverso, precisamente por ser ese el específico de la materia, como la Ley de Justicia para Menores, y que como consecuencia, aquéllos dispositivos deberán ser derogados.

Por otra parte mediante esta idea legislativa se busca reformar los artículos 137,152, 153, 154, y 155 con la finalidad de revestirlos de legalidad y congruencia, pues el contenido de los mismos era inaplicable y no se adecuaban a la normativa federal, sostiene el legislador.

Con esta reforma, se establecería en la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de San Luis Potosí, para quedar como sigue: Artículo 137. El Gobierno del Estado, a través de la Dirección General de Ejecución de Medidas para Menores Adscrita a la Secretaría de Seguridad Pública, en los términos de la Ley de Justicia para Menores del Estado del San Luis Potosí, y de la Autoridad Administrativa Especializada, en términos de la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes, vigilarán la aplicación de las medidas de tratamiento impuestas a los menores que hayan cometido alguna conducta tipificada como delito en la ley; entre otros preceptos.

La iniciativa de Torres Sánchez se turnó a las comisiones legislativas respectivas para su análisis correspondiente.