Viernes 01 de Noviembre 2024 San Luis Potosi, Hora Local 10:12,

LXIV LEGISLATURA


H. CONGRESO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ

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Fomentar la creación de empresas de economía solidaria

Con el objetivo de fomentar la creación de empresas de economía solidaria integradas por adolescentes y jóvenes, el diputado Pedro César Carrizales Becerra propuso adicionar el Capítulo XXI, Derechos de las Identidades Juveniles, que se integra con los artículos del 39 bis 1 al 39 bis 10 al Título Segundo Derechos de la Juventud, de la Ley de la Persona Joven para el Estado y Municipios de San Luis Potosí.

 

Consideró que, a partir de las agrupaciones juveniles populares aprovechando su cohesión, lazos solidarios e identidad consolidada, resultan idóneos para este tipo de empresas que, además, no requieren de inversiones cuantiosas para producir bienes y servicios socialmente necesarios.

 

Carrizales Becerra dijo que ha trabajado en canalizar recursos para que los adolescentes y jóvenes cuenten con materia prima, herramientas y equipo para brindar el servicio de pintar las viviendas en sus barrios, ayudando a construir un ambiente de respeto y no discriminación que permita a las familias del barrio, de la colonia popular o de la comunidad rural llevar a cabo interacciones, en un esquema de convivencia armoniosa, con las identidades juveniles.

 

La iniciativa propone que el Ayuntamiento, previo consenso con los vecinos, asigne instalaciones del equipamiento urbano que se presten para que las identidades juveniles materialicen las expresiones de su cultura que los caracterizan, en especial a través de grafitis precisando que las obras plásticas no deberán causar daño a terceros ni afectar el interés superior de la niñez.

 

Se considera que, en la medida que las agrupaciones juveniles son respetadas, en un ejercicio de tolerancia hacia su indumentaria, lenguaje y expresiones artísticas, los adolescentes y jóvenes hacen una contribución importante al desarrollo y estabilidad de su comunidad, por lo que se propone en el artículo 39 bis 4 que la Secretaría General de Gobierno emita y se cerciore que se apliquen lineamientos para no caer en la discriminación que da lugar a conflictos, cuando las identidades juveniles muestran su inconformidad por esta violación a sus derechos humanos, en especial cuando las agresiones provienen de las instituciones de seguridad pública.

 

De igual manera se establece entre los objetivos de la ley de la materia el propiciar la participación de las agrupaciones juveniles populares en acciones para el bien común relacionadas con el medio ambiente, los derechos de las mujeres, los grupos vulnerables y en especial la prevención de las adicciones y la violencia.

 

La iniciativa fue turnada a comisiones para su análisis y posteriormente ser discutida y votada en el pleno del Poder Legislativo.