Jueves 31 de Octubre 2024 San Luis Potosi, Hora Local 18:30,

LXIV LEGISLATURA


H. CONGRESO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ

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Iniciativa busca endurecer penas a quienes agredan a personal médico

El diputado Martín Juárez Córdova presentó una iniciativa de reforma Código Penal del Estado para denominar al delito de “discriminación” como “discriminación y odio”, y puntualizar pena especifica a la conducta de quienes agredan a personal médico, de enfermería, o de quien labore en instituciones médicas sean públicas o privadas.

 

Derivado de la situación actual en la que vive inmerso el país derivado de la pandemia por el coronavirus (COVID-19), se han suscitado eventos y conductas que se han traducido en acciones discriminatorias y de odio contra el personal médico, de enfermería y de manera general cualquier trabajador del sector salud sea público o privado que porte un uniforme que lo identifique como tal.

 

Señaló que la sociedad está viviendo momentos de ansiedad, pero también de impresiones mal intencionadas que han disimulado con el concepto de “miedo a ser contagiados” y se han tomado como pretexto para discriminar, sobajar, humillar y negar servicios al personal que en estos momentos están brindando esfuerzo por atender, cuidar y curar a las personas víctimas del coronavirus.

 

En la primera semana de abril de este año, el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (CONAPRED) ha recibido 76 quejas por distintos hechos relacionados con la emergencia causada por el nuevo coronavirus; las personas más afectadas son enfermeros, personal médico, trabajadores, derechohabientes de instituciones de salud, personal de limpieza y pacientes.

 

Dijo que uno de los casos expuestos, el de una enfermera de nuestra entidad que labora en el Instituto Mexicano del Seguro Social, quien relató en redes sociales que fue agredida por dos adolescentes y una mujer adulta.

 

En su propuesta establece que “comete el delito de discriminación y odio cuando se atente contra la integridad física, del personal médico, de enfermería, o de quien labore en instituciones médicas sean públicas o privadas en razón de su trabajo o profesión durante una emergencia sanitaria”.

 

La pena consistirá de tres a cinco años de prisión y multa de mil a mil quinientas veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización; en este caso el delito se perseguirá de oficio. La iniciativa del diputado se turnó a las comisiones correspondientes para su análisis y dictámen correspondiente.