Miércoles 30 de Octubre 2024 San Luis Potosi, Hora Local 15:15,

LXIV LEGISLATURA


H. CONGRESO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ

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Regular plazos para licencias de presidentes municipales

Con el propósito de regular las solicitudes de licencia de los y las presidentes municipales para ausentarse del cargo sin licencia del Cabildo, la diputada Angélica Mendoza Camacho, presentó una iniciativa ante el Pleno del Congreso del Estado para reformar el artículo 70 fracción XVI, y articulo 73 en su fracción V, de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado.

 

Actualmente la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de San Luis Potosí, establece en su artículo 70, fracción XVI. Que: el presidente municipal puede solicitar licencia por escrito y por causa justificada al Cabildo, para ausentarse del Municipio por más de diez días; debiendo formular aviso para ausentarse por un término menor le permite a los y las presidentes municipales

 

La diputada Angélica Mendoza explicó que la iniciativa que propone, es reformar el artículo 70 fracción XVI, y articulo 73 en su fracción V, de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado, para que quede de la siguiente manera: Solicitar licencia por escrito y por causa justificada al Cabildo, para ausentarse del Municipio por más de cinco días; debiendo formular aviso para ausentarse por un término menor.

 

Puntualizó que estar al frente de una Presidencia Municipal conlleva una gran responsabilidad, por ello, resulta importante puntualizar y referirse a que un funcionario de este nivel su función debe de ser de todos los días.

 

Por tal motivo, resulta importante reformar la fracción donde especifica que el presidente se podrá ausentar de sus funciones sin pedir permiso al Cabildo hasta por 10 días.

 

La propuesta de reforma es que el funcionario del cual nos referimos si se puede ausentar, siempre y cuando solicite permiso al Cabildo a partir de los 5 días.