Miércoles 30 de Octubre 2024 San Luis Potosi, Hora Local 13:00,

LXIV LEGISLATURA


H. CONGRESO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ

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Se aprueban informes de cuentas públicas ejercicio fiscal 2018

En Sesión Ordinaria, fueron presentados al pleno para su votación los dictámenes relacionados a los informes de cuentas públicas de los 113 informes de auditoría, general e individuales, de las cuentas públicas del ejercicio fiscal 2018, que contempla los 3 Poderes del Estado, 58 ayuntamientos, 22 organismos de agua potable, 6 organismos autónomos, 22 sistemas municipales DIF; y la reposición de auditoría de cuenta pública 2016 del municipio de Ébano.

 

En el informe general, se indica que la Auditoría Superior del Estado, tomo como universo de fiscalización, la cantidad de 15 mil 032 millones 018 mil 897 pesos, distribuidos de la siguiente manera:

 

Los 3 Poderes del Estado por un monto de $6,594’410,662; los 58 Ayuntamientos por un monto de $6,561´945,965; 22 Organismos Municipales Operadores de Agua Potable y/o de Vivienda  $1,127’262,438; 6 Organismos Autónomos $499’792,640; 22 Sistemas Municipales DIF $130’786,260.00; y la Reposición de Auditoria de la cuenta pública 2016 de Ébano por  $117’820,932.07

 

Del universo de recursos fiscalizables en el proceso de planeación, se determinó una muestra que fue objeto de revisión por un importe de $12 mil 601 millones 440 mil 773 pesos, distribuidos de la siguiente manera:

 

Los 3 Poderes del Estado por un monto de  $5,192’561,954; los 58  Ayuntamientos por un monto  $5,973’676,293; los 22  Organismos Municipales Operadores de Agua Potable y/o de Vivienda $818’113,134; los 6 Organismos Autónomos por un monto $423’095,894; los 22 Sistemas Municipales DIF por un monto de $119’127,921; y la  Reposición de la Auditoria de la cuenta pública 2016 de Ébano, por  $74’865,577.20

 

Se indica que la revisión globalizada de recursos fiscalizados representó el 83.83%, del total de los recursos que eran posibles de fiscalizar. Se considera que este porcentaje de revisión es altamente representativo toda vez que implica que 4.20 de cada 5 pesos fueron auditados.

 

En el Informe General se establece que la Auditoria Superior del Estado, llevó a cabo 16 Auditorías de Desempeño, enfocadas a programas presupuestarios, debido a que constituyen la categoría y estructura programática que organiza en forma representativa y homogénea, la asignación de recursos y del gasto público para el cumplimiento de los objetivos y metas, lo cual considera el gasto no programable, mismas que en su totalidad fueron aplicadas a los  Ayuntamientos.

 

Para la fiscalización superior de las cuentas públicas correspondientes al ejercicio fiscal 2018, así como de la cuenta pública del ejercicio fiscal 2016 objeto de reposición, fueron practicadas un total de 262 auditorías, de las cuales 243 fueron de carácter financiero y de cumplimiento, 3 auditorías  financieras con enfoque a desempeño y 16 auditorías de desempeño.

 

El informe establece, que como resultado de las auditorías tanto financieras como de cumplimiento, fueron notificadas 5,090 acciones; $2’453,913 de resarcimientos; 1000 pliegos de observaciones; $897’846,572 en pliegos de observaciones, lo que corresponde a un 7.11% observado de acuerdo a la muestra auditada; 151 solicitudes de aclaración por un importe de $190’391,102; 164 promociones del ejercicio de facultades de comprobación fiscal; además de 2,309 procedimientos de responsabilidades administrativas y 210 recomendaciones a los entes auditables.

 

En cuanto a notificaciones, se presentaron 455 a los Poderes del Estado; 3815 a los Ayuntamientos; 399 a los Organismos Municipales Operadores de Agua Potable y/o de Vivienda y Planeación; 50 a los Organismos Autónomos; y 371 a los Sistemas Municipales DIF.

 

Lo anterior indica que prácticamente 7.5 de cada 10 observaciones fueron notificadas a los Ayuntamientos del Estado. Sin embargo, si se considera que tanto los organismos municipales operadores de agua, de vivienda, de planeación y los sistemas municipales del sistema integral de la familia pertenecen a ese mismo nivel de gobierno, 9 de cada 10 observaciones corresponden a ese ámbito gubernamental

De acuerdo con el informe general, de las 5,090 acciones notificadas se generaron los siguientes resultados: 

 

Resarcimientos de recursos por un monto de $2’453,933 (DOS MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS TREINTA Y TRES PESOS), que representa el 12.38% con relación al 2017, en el cual se recuperaron $19,  815,894 (DIECINUEVE MILLONES OCHOCIENTOS QUINCE MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y CUATRO PESOS).

 

Se emitieron un total de 1000 pliegos de observaciones por un monto de $897’846,572 (OCHOCIENTOS NOVENTA Y SIETE MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS SETENTA Y DOS PESOS) contra  607 pliegos de observaciones del ejercicio 2017 por un monto de $719,883,296 (SETECIENTOS DIECINUEVE MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS PESOS).

 

Se indica que fueron observados en forma general el 7.13% del total de los recursos fiscalizados.

 

Con base en el Informe General de Auditoria, las principales razones por las cuales los recursos fiscalizados fueron observados, son las siguientes:

 

Con relación a las auditorías financieras y de cumplimiento: La Ley de Adquisiciones no considera conceptos por la contratación de servicios y arrendamientos, diferentes a los relacionados con bienes muebles. En el Informe General de la Cuenta Pública 2017 se hizo la sugerencia correspondiente al Congreso del Estado.

 

Se presentaron casos de proveedores y contratista no localizados para

verificación en el domicilio fiscal del Comprobante Fiscal Digital (CFDI).

 

En lo que corresponde a la auditoría practicada al Poder Ejecutivo, no fueron proporcionados por la Contraloría General del Estado, los mapas de administración de riesgos, así como los reportes semestrales y/o anuales de comportamiento de los riesgos de cada una de las instituciones de la Administración Pública Estatal.

Con relación a las auditorías de desempeño:

 

Derivado de las auditorías a las Entidades Fiscalizadas que integran la Administración Pública Estatal, se identificó que la Contraloría General del Estado no llevó a cabo la verificación periódica de los resultados de la ejecución de los programas y presupuestos, con base en el sistema de evaluación del desempeño, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 79 la Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria del Estado y Municipios de San Luis Potosí; en particular se omite el seguimiento y la evaluación a los programas presupuestarios que las Entidades comprometen mediante la Ley del Presupuesto de Egresos del Estado.

Omisión por desconocimiento de las principales obligaciones legales con relación a la implementación del Presupuesto basado en Resultados.

Las administraciones municipales que atendieron las auditorías iniciaron su gestión en octubre de 2018, por lo cual, no conocen los antecedentes y el estado de algunos aspectos sustantivos de la administración. 

Insuficiencia en los expedientes que deberían contener información relevante, principalmente la relacionada con los planes y programas, así como su avance y cumplimiento.

Deficiencias en la integración de los programas con el presupuesto y la contabilidad.

Por ende y con el fin de atender a los riesgos mencionados, los resultados contenidos en los Informes Individuales se emitieron con base en evidencia suficiente, competente, pertinente y relevante.

El Informe General presentado por la Auditoría Superior del Estado,  incluye las principales áreas vulnerables que a su consideración podrían afectar la operación de las entidades fiscalizadas.

 

Con relación a las auditorías financieras y de cumplimiento:

La información financiera no presenta cifras confiables derivado de la falta de depuración y consolidación de cuentas contables, así como el seguimiento de las normas técnicas en el registro de las operaciones.

Falta de identificación precisa por ejercicio fiscal en la aplicación de fondos incluyendo remanentes, en la generación de los programas de obra pública.

Falta de planeación, supervisión y seguimiento de los proyectos de obra pública, que ocasionan incrementos en el monto de inversión y plazos de ejecución.

Las claves presupuestarias con las se registran los movimientos presupuestales en la contabilidad, no cumplen con lo dispuesto en los lineamientos del Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC); en particular, no se apegan a las clasificaciones correspondientes.

 

Los fideicomisos en los que ejecutan los programas y proyectos de inversión, las entidades fiscalizadas, no se apegan al acuerdo en materia de consolidación de los estados financieros y demás información contable, emitido por el Consejo Nacional de Armonización Contable.

 

Para atender  cada una de las situaciones descritas, a través de los Informes Individuales la Auditoría Superior del Estado emitió las observaciones y recomendaciones que permitirán atenderlas adecuadamente.

Como resultado del proceso de fiscalización superior, se realizaron 151 solicitudes de aclaración; 164 promociones de ejercicio de facultad de comprobación  fiscal y 2,966 promociones de inicio de procedimientos de responsabilidad administrativa sancionatoria, además de 809 recomendaciones.

 

Resumen de los resultados de la fiscalización del gasto, de las participaciones federales, de los recursos transferidos y la evaluación de la deuda.

 

El Sistema Nacional de Fiscalización es presidido de manera dual por la Auditoría Superior de la Federación y la Secretaría de la Función Pública Federal; en particular, la ASF orienta los esfuerzos en el país por reducir la fragmentación y evitar la duplicidad en la fiscalización.

 

En el caso de la deuda pública estatal, la Auditoría Superior de la Federación llevó a cabo la auditoría número 1264-GB-GF denominada “Cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios” al Gobierno del Estado de San Luis Potosí.

 

Dicha auditoría tuvo como objetivos, entre otros: 

Validar el cumplimiento a la normativa.

Comprobar que los Ingresos Excedentes derivados de Ingresos de Libre Disposición de la Entidad Fiscalizada, sean destinados a los conceptos previstos.

La congruencia entre los Saldos de la Deuda Pública.

Verificar la Información Financiera y las cifras reportadas en la Cuenta Pública del Poder Ejecutivo del Estado del ejercicio fiscal 2018 en el que no se contrató deuda adicional a la existente.

Verificar que los Financiamientos y Obligaciones se encuentran publicados en la Página Oficial de Internet y en su respectiva Cuenta Pública del ejercicio fiscal 2018; así como los Informes Trimestrales sobre el Ejercicio y Destino de los Recursos. 

 

Antes de la votación, los diputados Edgardo Hernández Contreras, Marite Hernández Correa, Sonia Mendoza Díaz, Eugenio Govea Arcos, Oscar Vera Fabregat y María Isabel González Tovar, Edson Quintanar manifestaron su voto en contra de los informes, ya que consideraron que no se contó con el tiempo suficiente para la revisión puntual de los mismos, y existen dudas en las auditorías practicadas por la ASE, además de inconsistencias en las observaciones.

El diputado José Antonio Zapata, presidente de la Comisión de Vigilancia dijo que los informes contemplan la realización de las auditorias financieras, de cumplimiento y de desempeño, las cuales se realizaron de acuerdo a lo establecido en la legislación respectiva,  de acuerdo a lo establecido en la ley, y se contó con el apoyo de la Unidad de Evaluación y Control para presentar los dictámenes sobre los informes de las cuentas.

En el mismo sentido, la diputada Laura Patricia Silva Celis, reafirmó que el trabajo realizado por la Comisión de Vigilancia estuvo apegado a las disposiciones legales, y la Auditoría Superior del Estado debe continuar con el proceso respectivo en el desahogo de las observaciones de los entes obligados.

 

Informes de los Tres Poderes del Estado.

 

Poder Ejecutivo

 

Fue aprobado por mayoría de 14 votos a favor y 9 en contra, el informe individual de auditoría de la cuenta pública ejercicio fiscal 2018 del Poder Ejecutivo del Estado, del cual se desprende que del proceso de fiscalización, se desprenden los siguientes resultados:

1.-Secretaría General de Gobierno: no se determinaron observaciones a la entidad fiscalizada para la integración de este informe.

2.- Secretaría de Finanzas: Se determinaron 23 observaciones, de las cuales 2 fueron solventadas por la entidad fiscalizada antes de la integración de este informe. Los 21 restantes generaron: 5 Recomendaciones, 2 Pliegos de Observaciones, 15 Promociones de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria.

El monto del pliego de observaciones es por un importe de $203,533.00. Total de Resarcimiento: $ 0.00

3.- Secretaría de Desarrollo Urbano, Vivienda y Obras Públicas: Se determinaron 59 observaciones, las cuales no fueron solventadas por la entidad fiscalizada antes de la integración de este informe. Las observaciones generaron: 16 Pliegos de Observaciones, 42 Promociones de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria, 1 Promoción del Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal.

El monto del pliego de observaciones es por un importe de $16,966,158.00. Total de Resarcimiento: $ 0.00

Opinión con salvedad: Con motivo de la auditoría practicada al Poder Ejecutivo del Estado de San Luis Potosí, correspondiente a la Cuenta Pública del ejercicio 2018, se determinó fiscalizar un monto de $4,921,181,034 que representa el 78.7% del universo seleccionado por $3,871,322,172. La auditoría se practicó sobre la información proporcionada por la entidad fiscalizada, de cuya veracidad es responsable, y se ejecutó mediante pruebas selectivas que se estimaron necesarias, en consecuencia, existe una base razonable para sustentar la opinión que se refiere sólo a la muestra de las operaciones revisadas.

 

Con base en lo establecido en el artículo 35, fracción I, de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas del Estado de San Luis Potosí, este Órgano de Fiscalización del Congreso del Estado de San Luis Potosí, considera que, en términos generales y respecto de la muestra antes señalada, el Poder Ejecutivo del Estado de San Luis Potosí, durante el periodo fiscalizado comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre del año 2018, cumplió razonablemente con las disposiciones normativas aplicables al fondo, respecto de las operaciones examinadas, excepto por los resultados con observación que se precisan en el apartado correspondiente de este informe.

 

4.- Secretaría de Desarrollo Agropecuario y Recursos Hidráulicos: Se determinaron 5 observaciones, de las cuales 3 fueron solventadas por la entidad fiscalizada antes de la integración de este informe. Los 2 restantes generaron: 1 Recomendación, 1 Promoción del Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal.

El monto del pliego de observaciones es por un importe de $ 0.00

Total de Resarcimiento: $ 0.00

 

5.- Secretaría de Educación de Gobierno del Estado: Se determinaron 4 observaciones, de las cuales 2 fueron solventadas por la entidad fiscalizada antes de la integración de este informe. Los 2 restantes generaron: 1 Promoción de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria, 1 Promoción del Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal.

El monto del pliego de observaciones es por un importe de $ 0.00

Total de Resarcimiento: $ 0.00

 

6.- Secretaría del Trabajo y Previsión Social: No se determinaron observaciones a la entidad fiscalizada para la integración de este informe.

 

7.- Secretaría de Cultura: Se determinaron 26 observaciones, las cuales no fueron solventadas por la entidad fiscalizada antes de la integración de este informe. Las observaciones generaron: 23 Solicitudes de Aclaración, 2 Pliegos de Observaciones, 1 Promoción de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria.

El monto del pliego de observaciones es por un importe de $4,068,430.00

El monto de solicitud de aclaración es por un importe de $29,191,627.00

Total de Resarcimiento: $ 0.00

 

8.- Oficialía Mayor: Se determinaron 4 observaciones, las cuales no fueron solventadas por la entidad fiscalizada antes de la integración de este informe. Las observaciones generaron: 2 Promociones de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria, 2 Promociones del Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal.

El monto del pliego de observaciones es por un importe de $ 0.00

Total de Resarcimiento: $ 0.00

 

9.- Coordinación General de Comunicación Social: Se determinaron 5 observaciones, de las cuales 2 fueron solventadas por la entidad fiscalizada antes de la integración de este informe. Las 3 restantes generaron: 3 Recomendaciones.

El monto del pliego de observaciones es por un importe de $ 0.00. Total de Resarcimiento: $ 0.00

 

10.- Secretaría de Seguridad Pública: Se determinó 1 observación, de la cual 1 fue solventada por la entidad fiscalizada antes de la integración de este informe.

 

11.- Servicios de Salud de San Luis Potosí: Se determinaron 92 observaciones, de las cuales 14 fueron solventadas por la entidad fiscalizada antes de la integración de este informe. Las 78 restantes generaron: 15 Recomendaciones, 22 Solicitudes de Aclaración, 12 Pliegos de Observaciones, 25 Promociones de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria, 4 Promociones del Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal.

El monto del pliego de observaciones es por un importe de $13,619,358.00. El monto de solicitud de aclaración es por un importe de $50,372,624.00. Total de Resarcimiento: $ 0.00

12.- Junta Estatal de Caminos: Se determinaron 21 observaciones, las cuales no fueron solventadas por la entidad fiscalizada antes de la integración de este informe. Las observaciones generaron: 10 Pliegos de Observaciones, 10 Promociones de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria, 1 Promoción del Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal.

El monto del pliego de observaciones es por un importe de $37,561,992.00

Total de Resarcimiento: $ 0.00

 

13.- Comisión Estatal del Agua: Se determinaron 23 observaciones, las cuales no fueron solventadas por la entidad fiscalizada antes de la integración de este informe. Las observaciones generaron: 2 Recomendaciones, 1 Solicitud de Aclaración, 9 Pliegos de Observaciones, 8 Promociones de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria, 3 Promociones del Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal.

El monto del pliego de observaciones es por un importe de $1,118,811.00

El monto de solicitud de aclaración es por un importe de $475,952.00

Total de Resarcimiento: $ 0.00

14.- Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia: Se determinaron 24 observaciones, de las cuales 8 fueron solventadas por la entidad fiscalizada antes de la integración de este informe. Los 16 restantes generaron: 2 Solicitudes de Aclaración, 5 Pliegos de Observaciones, 6 Promociones de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria, 3 Promociones del Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal.

El monto del pliego de observaciones es por un importe de $65,849.00. El monto de solicitud de aclaración es por un importe de $35,628.00

Total de Resarcimiento: $ 0.00

 

15.- Instituto de Capacitación para el Trabajo: Se determinaron 33 observaciones, las cuales no fueron solventadas por la entidad fiscalizada antes de la integración de este informe

 Las observaciones generaron: 10 Recomendaciones, 6 Solicitudes de Aclaración, 3 Pliegos de Observaciones, 14 Promociones de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria.

El monto del pliego de observaciones es por un importe de $68,487.00. El monto de solicitud de aclaración es por un importe de $846,482.00. Total de Resarcimiento: $ 0.00

 

16.- Instituto de Vivienda del Estado: Se determinaron 30 observaciones, las cuales no fueron solventadas por la entidad fiscalizada antes de la integración de este informe. Las observaciones generaron: 5 Recomendaciones, 2 Solicitudes de Aclaración, 10 Pliegos de Observaciones, 11 Promociones de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria, 2 Promociones del Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal.

El monto del pliego de observaciones es por un importe de $4,045,681.00 . El monto de solicitud de aclaración es por un importe de $3,147,690.00

Total de Resarcimiento: $ 0.00

 

17.- Instituto de Cultura Física y Deporte: Se determinaron 14 observaciones, las cuales no fueron solventadas por la entidad fiscalizada antes de la integración de este informe. Las observaciones generaron: 11 Recomendaciones, 3 Promociones de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria.

El monto del pliego de observaciones es por un importe de $ 0.00. Total de Resarcimiento: $ 0.00

 

18.- Universidad Intercultural: Se determinaron 6 observaciones, las cuales no fueron solventadas por la entidad fiscalizada antes de la integración de este informe. Las observaciones generaron: 4 Recomendaciones, 2 Promociones de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria.

El monto del pliego de observaciones es por un importe de $ 0.00

Total de Resarcimiento: $ 0.00

 

19.- Centro de Justicia para las Mujeres del Estado de San Luis Potosí: Se determinaron 5 observaciones, las cuales no fueron solventadas por la entidad fiscalizada antes de la integración de este informe. Las observaciones generaron: 3 Recomendaciones, 2 Promociones de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria.

El monto del pliego de observaciones es por un importe de $ 0.0Total de Resarcimiento: $ 0.00

 

20.- Secretaría de Turismo: Se determinaron 3 observaciones, de las cuales 3 fueron solventadas por la entidad fiscalizada antes de la integración de este informe.

El monto del pliego de observaciones es por un importe de $ 0.00 Total de Resarcimiento: $ 0.00

 

21.- Centro de Producción Santa Rita, S.A. de C.V; Se determinaron 20 observaciones, de las cuales 4 fueron solventadas por la entidad fiscalizada antes de la integración de este informe. Los 16 restantes generaron: 2 Recomendaciones, 5 Pliegos de Observaciones, 9 Promociones de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria.

El monto del pliego de observaciones es por un importe de $445,232.00

Total de Resarcimiento: $ 0.00

 

En Resumen de observaciones y acciones: Se determinaron 398 observaciones, de las cuales 39 fueron solventadas por la entidad fiscalizada antes de la integración de este informe Los 359 restantes generaron: 61 Recomendaciones, 54 Solicitudes de Aclaración, 76 Pliegos de Observaciones, 151 Promociones de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria, 18 Promociones del Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal.

El monto del pliego de observaciones es por un importe de $78,163,531.00

El monto de solicitud de aclaración es por un importe de $84,070,003.00

Total de Resarcimiento: $ 0.00

 

Dictamen:

Opinión con salvedad: Con motivo de la auditoría practicada al Poder Ejecutivo del Estado de San Luis Potosí, correspondiente a la Cuenta Pública del ejercicio 2018, se determinó fiscalizar un monto de $4,921,181,034 que representa el 78.7% del universo seleccionado por $3,871,322,172. La auditoría se practicó sobre la información proporcionada por la entidad fiscalizada, de cuya veracidad es responsable, y se ejecutó mediante pruebas selectivas que se estimaron necesarias, en consecuencia, existe una base razonable para sustentar la opinión que se refiere sólo a la muestra de las operaciones revisadas.

Con base en lo establecido en el artículo 35, fracción I, de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas del Estado de San Luis Potosí, este Órgano de Fiscalización del Congreso del Estado de San Luis Potosí, considera que, en términos generales y respecto de la muestra antes señalada, el Poder Ejecutivo del Estado de San Luis Potosí, durante el periodo fiscalizado comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre del año 2018, cumplió razonablemente con las disposiciones normativas aplicables al fondo, respecto de las operaciones examinadas, excepto por los resultados con observación que se precisan en el apartado correspondiente de este informe.

 

En cuanto a las auditorias de desempeño:

Secretaría de Comunicaciones y Transportes: De la revisión a los instrumentos de planeación, programación, presupuestación y evaluación, control y seguimiento, así como al registro de los recursos destinados a los programas presupuestarios y a gasto de inversión, se determinaron 20 Recomendaciones, 1 Solicitud de Aclaración y 2 Promociones de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria.

 

Secretaría de Desarrollo Económico: De la revisión a los instrumentos de planeación, programación, presupuestación y evaluación, control y seguimiento, así como al registro de los recursos destinados a los programas presupuestarios y a gasto de inversión, se determinaron 24 recomendaciones y 6 solicitudes de aclaración.

 

Sistema de Financiamiento para el Desarrollo del Estado: De la revisión a los instrumentos de planeación, programación, presupuestación y evaluación, control y seguimiento, así como al registro de los recursos destinados a los programas presupuestarios y a gasto de inversión, se determinaron 14 recomendaciones y 1 solicitud de aclaración.

 

Por ello, y con fundamento en lo prescrito por el artículo 54, párrafo tercero, de la Constitución Política del Estado de San Luis Potosí, se determina que el Informe Individual de Auditoría correspondiente al Poder Ejecutivo del Estado, S.L.P., emitido por la Auditoría Superior del Estado, como resultado de la fiscalización de la cuenta pública del ejercicio fiscal 2018, fue realizado con apego a las disposiciones legales aplicables.

 

Poder Legislativo:

 

Por mayoría de 16 votos a favor, 1 abstención y 6 votos en contra, fue aprobado el informe individual de auditoría de la cuenta pública ejercicio fiscal 2018 del Poder Legislativo del Estado.

Se indica que del proceso de fiscalización, se desprenden los siguientes resultados:

 

Se determinaron 21 observaciones, de las cuales 1 fueron solventadas por la entidad fiscalizada antes de la integración de este informe. Las 20 restantes generaron: 2 Pliego de Observaciones, 5 Promoción de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria, 2 Promoción del Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal, 11 Recomendación.

El monto del pliego de observaciones es por un importe de $90,609.00.

Total de Resarcimiento: $0.00

Dictamen: Opinión con salvedad Con motivo de la auditoría practicada al Poder Legislativo del Estado de San Luis Potosí, correspondiente a la Cuenta Pública del ejercicio 2018, se determinó fiscalizar un monto de $183,248,834 que representa el 63.8 % del universo seleccionado por $287,432,202.

La auditoría se practicó sobre la información proporcionada por la entidad fiscalizada, de cuya veracidad es responsable, y se ejecutó mediante pruebas selectivas que se estimaron necesarias, en consecuencia, existe una base razonable para sustentar la opinión que se refiere sólo a la muestra de las operaciones revisadas.

 

Por ello, con fundamento en lo prescrito por el artículo 54, párrafo tercero, de la Constitución Política del Estado de San Luis Potosí, se determina que el Informe Individual de Auditoría correspondiente al Poder Legislativo del Estado, S.L.P., emitido por la Auditoría Superior del Estado, como resultado de la fiscalización de la cuenta pública del ejercicio fiscal 2018, fue realizado con apego a las disposiciones legales aplicables.

 

Poder Judicial del Estado.

 

Con 9 votos a favor, 1 abstención, y 12 votos en contra, fue rechazado el informe individual de auditoría de la cuenta pública 2018, del Poder Judicial del Estado, mismo que fue presentado en sentido negativo por la Comisión de Vigilancia, al considerar con fundamento en lo prescrito por el artículo 54, párrafo tercero, de la Constitución Política del Estado de San Luis Potosí, se determina que el Informe Individual de Auditoría correspondiente al Poder Judicial del Estado, emitido por la Auditoría Superior del Estado, como resultado de la fiscalización de la cuenta pública del ejercicio fiscal 2018, que no fue realizado con apego a las disposiciones legales aplicables

 

Se indica en el dictamen, que del proceso de fiscalización, se desprenden los siguientes resultados:

 

Se determinaron 16 observaciones, de las cuales 9 fueron solventadas por la entidad fiscalizada antes de la integración de este informe.

Las 7 restantes generaron: 1 Pliego de Observaciones, 4 Promoción de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria, 2 Recomendación.

El monto del pliego de observaciones es por un importe de $1,554,136.00

Total de Resarcimiento $ 0.00

 

Dictamen: Opinión limpia Con motivo de la auditoría practicada al Poder Judicial del Estado, correspondiente a la Cuenta Pública del ejercicio 2018, se determinó fiscalizar un monto de $972,202,318 que representa el 85.3% del universo seleccionado por $1,140,199,225. La auditoría se practicó sobre la información proporcionada por la entidad fiscalizada, de cuya veracidad es responsable, y se ejecutó mediante pruebas selectivas que se estimaron necesarias, en consecuencia, existe una base razonable para sustentar la opinión que se refiere sólo a la muestra de las operaciones revisadas.

 

58 Ayuntamientos.

 

Por mayoría de votos de los diputados presentes, fueron aprobados los informes individuales de auditoría de la cuenta pública del ejercicio fiscal 2018, de 57 ayuntamientos de la entidad: Ahualulco, Alaquines, Aquismón, Armadillo de los Infante, Axtla de Terrazas, Cárdenas, Catorce, Cedral, Cerritos, Cerro de San Pedro, Charcas, Ciudad del Maíz, Ciudad Fernández, Ciudad Valles, Coxtlán, Ébano, El Naranjo, Guadalcazar, Huehuetlán, Lagunillas, Matehuala, Matlapa, Mexquitic de Carmona, Moctezuma, Rayón, Rioverde, Salinas, San Antonio, San Ciro de Acosta, San Martín Chalchicuautla, San Nicolás Tolentino, San Vicente Tancuayalab, Santa Catarina, Santa María del Río, Santo Domingo Soledad de Graciano Sánchez, Tamasopo, Tampacán, Tampamolón Corona, Tamuín, Tancanhuitz, Tanlajás, Tanquián de Escobedo, Tierra Nueva, Vanegas, Venado, Villa de Arista, Villa de Arriaga, Villa de Guadalupe, Villa de la Paz, Villa de Reyes, Villa Hidalgo, Vila Juárez, Xilitla, y Zaragoza.

 

Los procedimientos de auditorías practicadas por la Auditoría Superior del Estado, incluyeron Recursos Fiscales y Participaciones Federales a Municipios; Recursos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FISMDF); y el Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FORTAMUNDF).

 

En el caso del ayuntamiento de San Luis Potosí, por 7 votos a favor, 2 abstenciones y 12 votos en contra, fue rechazado el informe individual de la cuenta pública del ejercicio fiscal 2018, mismo que fue presentado en sentido negativo por parte de la Comisión de Vigilancia, al considerar Con fundamento en lo prescrito por el artículo 54, párrafo tercero, de la Constitución Política del Estado de San Luis Potosí, se determina que el Informe Individual de Auditoría correspondiente al Ayuntamiento de San Luis Potosí, emitido por la Auditoría Superior del Estado, como resultado de la fiscalización de la cuenta pública del ejercicio fiscal 2018, que no fue realizado con apego a las disposiciones legales aplicables.

 

Al respecto, el diputado Rolando Hervert Lara  pidió en tribuna que la Auditoría Superior del Estado realice una ampliación a la muestra auditada, ya que consideró que existen suficientes indicios de mal ejercicio de los recursos públicos.

 

Dijo que las observaciones al municipio de San Luis Potosí son del orden de 248 millones de pesos, es decir, el 28 por ciento del monto revisado, y equivale al 27 por ciento del monto total observado en todo el estado.

También fueron aprobados por mayoría los informes individuales de 22 Organismos Municipales Operadores de Agua Potable y/o Vivienda; 6 Organismos Autónomos; 22 Sistemas Municipales DIF y la Reposición de Auditoria de la cuenta pública 2016 Ébano.

 

Puntos de Acuerdo

 

Fue aprobado por unanimidad de 20 votos a favor, el Punto de Acuerdo avalado por los 27 diputados de la LXII Legislatura, y presentado en tribuna por la diputada Marite Hernández Correa, para exhortar a los presidentes municipales de los ayuntamientos de: Ciudad Valles; Matehuala; San Luis Potosí; Soledad de Graciano Sánchez; Tamazunchale; y Tamuín, para que informen a esta Soberanía lo siguiente:

 1. ¿Qué acciones ordena el mecanismo de Alerta de Violencia de Género, al gobierno municipal que usted encabeza?

2. ¿Qué acciones ha implementado su gobierno? Especifique el nombre de la acción, en qué consiste esta, su objetivo, el avance en la implementación de la misma, los resultados obtenidos hasta el momento, las fechas en que se inició la implementación y en la que se plantea concluir dicha acción.

3. ¿Con qué instituciones estatales se han coordinado para la atención integral de las violencias contra las mujeres y niñas en su municipio? Detalle las acciones coordinadas que han implementado, las fechas y los lugares en que se han desarrollado las mismas, así como los resultados obtenidos.

 4. ¿Con qué instituciones del Gobierno Federal se han coordinado para la atención integral de las violencias contra las mujeres y niñas en su municipio? Describa las acciones coordinadas que han implementado, las fechas y los lugares en que se han desarrollado las mismas, así como los resultados obtenidos.

5. ¿Quienes integran los comités municipales, incluyendo instancias públicas, sociedad civil, academia u organismos de derechos humanos? ¿Cada cuándo sesionan y qué acciones se planean para 2020 según las necesidades identificadas en el municipio? 


6. ¿Qué programas estatales o federales beneficiaron a su Municipio? ¿Qué recursos económicos gestionó el estado ante la CONAVIM para la ejecución de proyectos específicos para la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres?

7. ¿A cuánto asciende el presupuesto ejercido por su municipio respecto a las acciones derivadas de la Declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres?


 8. ¿Cuáles son los tipos y modalidades de violencia que se presentan en su municipio? ¿Cuáles son los principales obstáculos para prevenirlos, atenderlos y erradicarlos?


 9. ¿Cuánto recurso municipal destina a programas y acciones para atender, sancionar, prevenir y erradicar la violencia contra mujeres?

10. ¿De qué manera se coordinan y articulan acciones con los sistemas municipales para la protección integral del niños, niñas y adolescentes, y cuántos recursos destina el municipio al funcionamiento del Sistema Nacional de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes municipal y su Secretaría Ejecutiva?

Esto en virtud de que desde el 21 de junio de 2017 se encuentra vigente la Alerta de Violencia de Género en nuestro estado, y a pesar de ello, las violencias en contra de las mujeres han ido en aumento; la violencia feminicida sigue estando presente y terminando de manera por demás cruel con la vida de mujeres.

 

También fue aprobado por unanimidad de 20 votos a favor, el Punto de Acuerdo presentado por la diputada Martha Barajas para exhortar de manera respetuosa a los Titulares de las Secretarías de Salud Federal, del IMSS, ISSSTE y Secretaría de Salud del Gobierno del Estado, para que informen a está soberanía, sobre si existe situación de desabasto de medicamentos en los centros de salud de su competencia, y en su caso las causas que lo han originado; así como para que en caso de existir desabasto, realicen las acciones correspondientes, que permitan alcanzar la cobertura en salud, en los términos del artículo 4º de la CPEUM.

 

A la Comisión de Ecología y Medio Ambiente, fue turnado el Punto de Acuerdo presentado por el diputado Mario Lárraga Delgado,  por el que el  Congreso del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, con pleno respeto a su autonomía municipal, exhorta a los cincuenta y ocho ayuntamientos del estado, a fin de elaborar y/o modificar, aprobar y establecer los reglamentos de limpia pública en cada municipio.

 

A las diferentes comisiones legislativas, fueron turnadas las iniciativas presentadas por los legisladores de la LXII Legislatura, y el Gobernador del Estado; así como la correspondencia enviada por los demás poderes del estado, los entes paraestatales y autónomos, ayuntamientos y organismos paramunicipales, el Poder Federal y particulares.

 

Agotados los asuntos,  se citó a Sesión Ordinaria para el próximo jueves 21 de noviembre de 2019, a las 10:00 horas en el salón Ponciano Arriaga Leija, de Jardín Hidalgo 19.