Martes 24 de Diciembre 2024 San Luis Potosi, Hora Local 23:33,

LXIV LEGISLATURA


H. CONGRESO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ

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Iniciativa para establecer duración en cargo de magistrado del STJE

El diputado Oscar Carlos Vera Fábregat presentó una iniciativa para reformar el artículo 97 de la Constitución Política del Estado de San Luis Potosí, con el objetivo de establecer que el cargo de magistrado del Supremo Tribunal de Justicia, en ningún caso podrá ser ejercido durante un periodo mayor de 15 años, ni una vez que quien lo ocupe haya cumplido 73 años de edad, o padezca incapacidad física o mental permanente para el desempeño de su función.

Cuando se cumpla uno de los supuestos anteriores, tendrá derecho a un retiro, en los términos que marque la ley.

Además, que para ser ratificado se requerirá el voto favorable de cuando menos las dos terceras partes de los miembros del Congreso del Estado.

En caso contrario se declarará la vacante, debiendo procederse en consecuencia. En el nombramiento o la ratificación de un magistrado, se deberá señalar con precisión, el día en que inicia su cargo y el día en que este concluye, y no podrá por ningún motivo continuar en el mismo.

“Lo que pretendo con la presente iniciativa, es que en el nombramiento o ratificación de un magistrado se establezca claramente el momento en que inicia la gestión de su cargo y el momento en que éste deberá de concluir, dejando únicamente a salvo su derecho de recibir un haber por retiro, señalado en la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, y de esta forma garantizar que todos aquellos profesionistas del derecho, que sean elegibles para el cargo de magistrado del Supremo Tribunal de Justicia del Estado y que cumplan con los requisitos establecidos en la Constitución Local, puedan ocupar dicho cargo”, explicó Vera Fábregat en la iniciativa presentada.

Añadió que con esta reforma, en síntesis, lo que intenta es que prevalezca lo mandatado por la Constitución Política del Estado, en lo relativo a la designación de magistrados del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, y que aquellos que ocupan dicho cargo, no busquen a través de los vacíos de la ley, exceder su permanencia en el mismo, por lo que pretendo establecer desde la propia carta magna local, la obligación de señalar en el nombramiento o la ratificación de los magistrados, el tiempo de duración de su cargo de forma clara y precisa, y de esta forma no dar lugar a conflictos futuros, en virtud de esta omisión.

Dijo que por ello esta iniciativa pone énfasis en un hecho notorio y recurrente, conocido de todos, y es que, existen diversos casos de magistrados del Supremo Tribunal del Poder Judicial del Estado, que en el momento en que está por concluir el periodo para el cual fueron nombrados y/o ratificados, utilizan diversos mecanismos para continuar en el cargo, situación que es inadmisible en un estado de derecho y con base en los principios democráticos que señalan los artículos, 95 al 97 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí.

Debido a que de ésta se desprende la obligación de seguir procedimientos establecidos previamente a efecto de renovar los poderes del Estado, conforme a los requisitos que han de cumplirse para tal cometido, dicha situación es generada por la falta de claridad en el señalamiento del tiempo de duración de los magistrados en su cargo, motivo por el cual se propone la presente modificación.