Sábado 02 de Noviembre 2024 San Luis Potosi, Hora Local 06:05,

LXIV LEGISLATURA


H. CONGRESO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ

Menú principal

Iniciativa de Ley de Participación Ciudadana del Estado.

Con la finalidad de establecer, ampliar, consolidar y garantizar la participación ciudadana como un derecho de la ciudadanía en nuestro estado a través de la creación de nuevos mecanismos de democracia directa como el presupuesto participativo, el proyecto social o la propuesta vecinal, el diputado José Antonio Zapata Meraz propuso expedir la Ley de Participación Ciudadana del Estado.

 

Dijo que, San Luis Potosí ha sido pionero en el tema, incluyendo en su legislación figuras como el referéndum, el plebiscito, la iniciativa ciudadana y hace ya algunos años mecanismos inéditos como la segunda vuelta electoral.

 

Zapata Meraz explicó que, si bien la complejidad de las condiciones para lograr un verdadero involucramiento ciudadano en el gobierno puede resultar alta, lo que compete a los poderes legislativos, sobre todo en el orden de gobierno local, por su relación más cercana a la ciudadanía, es crear y hacer funcionales estos canales de participación en los cuerpos normativos.

 

Refirió que, es por eso que las figuras jurídicas tendientes a crear canales para esa participación se siguen incluyendo de forma muy significativa en las legislaciones estatales. Por eso ánimo de contar con instrumentos de participación cada vez más efectivos y aplicables, en muchos estados se ha optado por condensar todos los instrumentos afines en una sola Ley.

 

La iniciativa propone también que el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana, será el organismo encargado de preparar, desarrollar, vigilar y calificar los procesos de participación ciudadana, reforzando el rol que la Legislación vigente le concede con la Ley de Referéndum y Plebiscito.

 

Así mismo se estipula que, en materia de gastos, se propone que las autoridades, cuando sean ellos los que inicien un proceso, aporten los recursos necesarios para tal efecto. En el caso de los mecanismos promovidos por la ciudadanía los Poderes Ejecutivo y Legislativo del Estado, en uso de sus atribuciones en materia presupuestaria, proveerán recursos en el ejercicio anual; tales recursos serían ejercidos por el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana.

 

La consulta popular que podrá ser solicitada por dos terceras partes del Congreso en el caso de asuntos competentes a los Poderes Ejecutivo o Legislativo, o bien por el 1% del padrón electoral de la demarcación territorial estatal, sin establecer una restricción de tiempo para lograrlo.

 

Finalmente, dijo que entre los puntos de la iniciativa, establece que,  la propuesta vecinal, es un mecanismo que busca potenciar las juntas vecinales de mejoras, otorgándoles la facultad de proponer a las autoridades municipales, las acciones que estimen necesarias en esos rubros para la mejora de las condiciones en la comunidad, en materias de mantenimiento del espacio público, servicios públicos, seguridad pública y prevención.

 

La iniciativa fue turnada a Puntos Constitucionales para su análisis y posteriormente ser discutida y votada por el Pleno del Congreso del Estado.