Creación Del Sistema Estatal de Protección Integral
A iniciativa del diputado Fernando Chávez Méndez, el Congreso del Estado aprobó por unanimidad reformar la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de San Luis Potosí para los efectos de que la coordinación operativa del Sistema Estatal de Protección Integral recaiga en un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría General de Gobierno, dejando a un lado la idea de la creación del Sistema Estatal de Protección Integral como organismo público descentralizado.
En el dictamen aprobado, se señala que no debe perderse de vista que en cuanto al Sistema Nacional de Protección Integral, su coordinación operativa recae en un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, que ejerce funciones de secretaría ejecutiva.
Caso análogo acontece tratándose de los Sistemas Municipales de Protección Integral, en donde su coordinación operativa recae en un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría del Ayuntamiento.
La creación del Sistema Estatal de Protección Integral como organismo público descentralizado hubiera representado un impacto presupuestal para el Estado, por lo que era necesario efectuar las correspondientes reformas y modificaciones de manera que se corresponda en un órgano desconcentrado de la Secretaría General de Gobierno, y que ejerza funciones de Secretaría Ejecutiva, a fin de estar en condiciones de cumplir las legislaciones nacionales y estatales en materia de protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes en el Estado de San Luis Potosí.
Por lo anterior, es que resultó viable y procedente, modificar disposiciones de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de San Luis Potosí.