Aprobada reforma constitucional en materia de prisión preventiva oficiosa.
En Sesión Ordinaria, el pleno del Congreso del Estado aprobó por mayoría la Minuta de Reforma a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de prisión preventiva oficiosa.
Esta reforma tiene por objetivos, modificar el artículo 19 constitucional, para incluir como tipos penales en los cuales se debe aplicar la prisión preventiva oficiosa, los delitos de extorsión, delitos previstos en las leyes aplicables cometidos para la ilegal introducción y desvío, producción, preparación, enajenación, adquisición, importación, exportación, transportación, almacenamiento y distribución de precursores químicos y sustancias químicas esenciales, drogas sintéticas, fentanilo y derivados.
Así como de la salud, del libre desarrollo de la personalidad, contrabando y cualquier actividad relacionada con falsos comprobantes fiscales, en los términos fijados por la ley. Para la interpretación y aplicación de las normas previstas en este párrafo, los órganos del Estado deberán atenerse a su literalidad, quedando prohibida cualquier interpretación análoga o extensiva que pretenda inaplicar, suspender, modificar o hacer nugatorios sus términos o su vigencia, ya sea de manera total o parcial.
Es preciso mencionar que, dentro de las consideraciones vertidas por las colegisladoras en el ámbito federal, se encuentra que “los delitos con mayor incidencia, encuentra en primer lugar el fraude y la extorsión en tercero, según los resultados de la Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública (ENVIPE), realizada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI)”.[1]
En el ámbito de salud pública, se debe señalar que las drogas sintéticas como el fentanilo se ha comenzado a volverse un problema de salubridad cada vez más notorio. A partir de 2018, el número de casos recibidos en tratamiento, cuya sustancia psicoactiva de impacto era el fentanilo (principalmente de tipo ilícito) han crecido consistentemente, contándose en decenas hasta 2020 y en centenas desde 2021.
Se indica que la prisión preventiva debe aplicarse como una medida excepcional, y en apego irrestricto a los derechos humanos de las personas; esto es, solamente cuando otras medidas cautelares sean insuficientes para alcanzar los fines que justifican la aplicación de estas, y sólo procederá cuando el delito que se persiga merezca pena privativa de libertad, según lo establece el artículo 18 de la Constitución Federal.
Se señala que la reforma penal de 2008, introdujo en la Constitución la posibilidad de que esa medida cautelar pueda ser ordenada de oficio por parte del juez, la cual se denomina “prisión preventiva oficiosa”. De ese modo, el diseño constitucional en materia penal ha sufrido dos adiciones por parte del Constituyente Permanente, que datan del 2011 y 2019, en los cuales se aumentó el catálogo de delitos que ameritan la prisión preventiva oficiosa, contemplándose los delitos de abuso o violencia sexual contra menores, feminicidio, trata de personas y robo de casa habitación, entre otros.
Otros dictámenes
Por mayoría, fue aprobada la actualización y modificación de los Decretos Legislativos número 3, 460 y 695 de creación de la Zona Industrial de San Luis Potosí, la Zona Industrial “Del Potosí” y la ampliación de la Zona Industrial “Del Potosí”, para permitir, además de las actividades industriales, el desarrollo de actividades comerciales y de servicios.
Se indica que las disposiciones originales de dichos Decretos, que limitan el uso de los polígonos en donde se encuentran ubicadas las Zonas Industriales únicamente a una actividad industrial, han quedado rebasadas, ya que con el crecimiento de las empresas establecidas, así como la llegada de nuevas empresas transnacionales, se requiere tener acceso a infraestructura que otorgue diversos servicios a los visitantes, así como comercio para la adquisición de mercancías, logrando con esto menor desplazamiento de visitantes y empleados.
El dictamen aprobado establece que las Zonas Industriales, creadas mediante los citados Decretos Legislativos, continuarán teniendo como actividad predominante la industria, con énfasis en la producción y manufactura, manteniendo las bases que hicieron de estas zonas un polo de desarrollo industrial.
Adicionalmente, se permitirá la presencia de comercios que atiendan las necesidades directas de las industrias, tales como proveedores de materias primas, herramientas y equipos necesarios para las operaciones industriales, así como servicios de apoyo vitales como mantenimiento de maquinaria, logística, transporte, servicios financieros y asesorías técnicas. Además, se prevé la inclusión de servicios básicos para los trabajadores, como alimentación y atención médica, que contribuirán al bienestar y productividad del personal industrial.
En el municipio de Villa de Pozos, la zona industrial se ubica estratégicamente para maximizar la eficiencia y minimizar impactos negativos en otras áreas; sin embargo, desde su creación, no se ha actualizado a la realidad y circunstancias, lo que es imprescindible para impulsar su desarrollo y eficiencia, ya que de observarse generaría los siguientes beneficios: promoción del desarrollo económico, lo que atraería mayor inversión nacional y extranjera, generando empleo, incrementando la producción y contribuyendo al crecimiento económico; infraestructura especializada, e instalaciones específicas para la industria, como redes eléctricas de alta capacidad; mitigación del impacto ambiental al implementar medidas de control ambiental, gestionar residuos y regular emisiones contaminantes.
Además, de fomento de la innovación y colaboración, y el desarrollo de cadenas productivas, precisamente esta última es la que se requiere impulsar con mayor énfasis, ya que son una herramienta estratégica para promover el desarrollo económico y social del lugar en el que se ubica, en virtud de optimizar los recursos y gestionar de manera eficiente el impacto de otras actividades como las comerciales y de servicios, lo cual lograría una integración y sinergia que potencialice el desarrollo económico.
A las comisiones legislativas, se turno la correspondencia enviada por ente autónomo, Ayuntamientos, Poderes de otras entidades del país, y particulares; además de las iniciativas presentadas por legisladora integrante de la LXIV Legislatura y ciudadano.
En Asuntos Generales participaron las diputadas Leticia Vazquez y Gabriela López Torres sobre diversos temas.
Agotados los asuntos, se cito a Sesión Ordinaria el próximo martes 3 de diciembre a las 10:00 horas en el Salón “Ponciano Arriaga Leija” de Jardín Hidalgo 19.